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SAS de software en Uruguay y exoneración de IRAE: qué requisitos hay

Crear una SAS no vuelve exento cualquier ingreso de IT. Qué actividades cubre el régimen de software, qué documentación exige y cuándo mirar el Formulario 3011.

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Uruguay tiene una exoneración de IRAE para determinadas rentas de producción de software y servicios vinculados. Es una ventaja relevante para empresas tecnológicas, pero no funciona como “abrir SAS = 0% IRAE”.

Primero: quién puede quedar comprendido

El artículo 161 bis limita el alcance subjetivo de la exoneración a determinadas entidades contribuyentes de IRAE. Por eso la forma jurídica importa, pero es sólo el primer filtro.

Segundo: qué actividad genera la renta

La normativa distingue producción de soportes lógicos y servicios vinculados. Dentro de estos últimos se contemplan actividades específicas de desarrollo para terceros y determinados servicios como implementación, integración, soporte técnico, actualización, mantenimiento, migración de datos, testing, seguridad y capacitación en las condiciones normativas.

Tercero: substance y trazabilidad

Los requisitos dependen del tipo de renta. La regulación exige documentación y trazabilidad de gastos y costos, y para ciertas rentas de activos de software opera un cociente que relaciona gastos directos de desarrollo con gastos totales. No conviene prometer una exoneración antes de reconstruir cómo se produce realmente el software.

Formulario 3011

DGI identifica el Formulario 3011 como declaración informativa anual para actividades de producción y desarrollo de software, servicios vinculados e I+D, incluyendo contribuyentes que pretendan ampararse en la exoneración correspondiente.

Una SAS con varias líneas de negocio

Si la empresa mezcla desarrollo, consultoría no comprendida, reventa, infraestructura u otras actividades, la conclusión puede no ser la misma para todos los ingresos. Separar contratos, conceptos facturados, costos y evidencia evita tratar como exenta una renta que no lo es.

Checklist

  • Entidad comprendida por la norma.
  • Actividad concreta comprendida.
  • Contratos y facturas consistentes con la actividad.
  • Personal y gastos de desarrollo identificables.
  • Trazabilidad de costos.
  • Registro de software cuando corresponda.
  • Formulario 3011 y demás declaraciones aplicables.

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